Por los argumentos de hecho y de derecho expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara.
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer de la presente demanda de NULIDAD DE DOCUMENTO Y ENRIQUECIMIENTO ILICITO, interpuesta por los ciudadanos; UNALDO HUMBERTO URDANETA DUARTE, ASNALDO EMIRO URDANETA DUARTE, OSWALDO DEL CARMEN URDANETA DUARTE, JESUS MARIA PAZ DUARTE, ILBA RITA GODOY URDANETA, AIXA KARINA GODOY URDANETA, AWILDA GODOY URDANETA y JONATHAN GODOY URDANETA; identificados en la parte narrativa del presente fallo
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA a un Tribunal de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza declinatoria de esta decisión.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.