PRIMERO: Se ordena poner en estado de ejecución el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos NORLA ANGELA SANDREA BRAVO y JULIO CESAR APARICIO ACOSTA, en fecha 20 de Noviembre de 2014, en consecuencia, se ordena notifica al ciudadano JULIO CESAR APARICIO ACOSTA, titular de la cedula de identidad N° V- 15.552.592, para que el referido ciudadano comparezca por ante este Tribunal, debidamente asistido de abogado, en un lapso de CINCO (05) días contados a partir de la constancia en autos de practicada su notificación, dentro de las horas de despacho de 8:30 de la mañana a 3:30 de la tarde, ha cumplir VOLUNTARIAMENTE, con el pago de las cantidades adeudadas por concepto de pensión de manutención en beneficio de su hija la cual asciende a DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,00), conforme es señalado en la parte motiva del presente fallo o en el caso de haber depositado dichas cantidades, deberá consignar los correspondientes recibos o comprobantes de depósitos en el lapso fijado, de no cumplir.....