PRIMERO: Se declara CON LUGAR el procedimiento especial por ADMISIÓN DE LOS HECHOS, y se declara CULPABLE a los acusados 1.- ADA MARGARITA CARRASQUERO PINEDA, titular de la cedula de Identidad N° V- 12.134.908, Venezolana, Fecha de Nacimiento 19-09-1972, Titular de la Cédula de Identidad N° V-12.134.908, estado civil casada, hija de Alexia Pineda y Arcenio Carrasquero, residenciada en el Barrio Nazareno, Calle Paz, Casa S/N, del Municipio Maracaibo del estado Zulia y 2.- FERNANDO MONCADA, titular de la cedula de Identidad N° V- 12.065.023, Venezolano, Fecha de Nacimiento 20-09-1960, estado civil casado, hijo de Ana Cecilia Moncada y Padre Desconocido, residenciado en el Barrio Virgen del Carmen, Calle N° 3, Casa N° 3, Casa S/N, frente a la Carnicería Mai Santa, Encontrados, del Municipio Catatumbo del estado Zulia; y en consecuencia se CONDENAN a cumplir la pena TRES (3) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISION, más las penas accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Pen.....