En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación de auto, interpuesto por el abogado en ejercicio DEIVY JOSÉ OCANDO MONTIEL, en su condición de defensor privado del ciudadano AUDELIO JESÚS QUINTERO CARMONA, contra la decisión N° 734-13, de fecha 20.08.13, emitida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del mencionado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de EXTORSIÓN en grado de complicidad, previsto y sancionado en el artículo 11 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en concordancia con el artículo 16 ejusdem y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Co.....