JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, veintiuno (21) de Octubre de 2011. Años 201º y 152º.- Recibido de la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, constante de un (01) folio útil y en veinte (20) folios sus anexos. Fórmese expediente y numérese. Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que la ciudadana GLADYS RAFAELA COLINA DE OBERTO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 2.769.799, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LORENA VILLALOBOS, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 105.281, solicita se le declare suficientes los derechos que tienen ella, y sus hijos, los ciudadanos ELI MAR OBERTO COLINA, LUIS MANUEL OBERTO COLINA, ENDRINA OBERTO COLINA,.....