PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano GHEILER RAFHAEL MARTINEZ MEDINA, contra el COLEGIO DE MÉDICOS DEL ESTADO ZULIA (COMEZU)
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales al ciudadano GHEILER RAFHAEL MARTINEZ MEDINA, por la cantidad de DOCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 71/100 BOLÍVARES (Bs. 12.386,71), monto arrojado por el recálculo efectuado y revisado por esta sentenciadora.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la jurisprudencia de la Sala .....