Con lugar la demanda que por resolución de contrato de arrendamiento instauró el ciudadano Frans José Rojas Fermín en contra del ciudadano Reinaldo Durán, ambos plenamente identificados. Resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha primero (1°) de Abril de 2009. quedando obligada parte demandada, ciudadano REINALDO DURAN, a efectuar a favor de la parte actora, ciudadano FRANS JOSÉ ROJAS FERMÍN, real y efectiva entrega del bien inmueble arrendado, a saber: apartamento distinguido con el numero y letra 64-B, en el 6° piso de la Torre B, el cual forma parte del Conjunto Residencial "Parque Residencial Margarita", ubicado en la Primera Etapa de la Urbanización Jorge Coll, entre Avenida Simón Bolívar o Av. E y Antonio José de Sucre, Jurisdicción del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta.