DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
1°) MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROPRODUCTIVA desplegada en la en los fundos denominados "BUENOS AIRES I" y "BUENOS AIRES II" los cuales son colindantes entre sí y conforman una sola unidad de producción; dichos fundos se encuentran ubicados en el asentamiento campesino Zona Norte de la carretera Panamericana parroquia Carlos Quevedo, municipio Francisco Javier Pulgar del estado Zulia, constante de una superficie de terreno del primero de los nombrados de CIENTO OCHO HECTÁREAS CON SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (108 Has con 6982 Mts²), aproximadamente, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Linda con vía de penetración y terreno ocupado por Rafael Rojas; SUR: Linda con terrenos ocupado.....