En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la Solicitud de Divorcio por los ciudadanos NINOSKA DEL VALLE SUÁREZ DE VALERO Y ALEJANDRO DAVID VALERO VICENT, ya identificados con fundamento en el artículo 185 "A" del Código Civil.
SEGUNDO: Disuelto, el vínculo Matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 22 de Noviembre de 2.003 , por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, según consta en Acta de N° 194, del libro de Registro Civil de Matrimonios, todo conforme con lo previsto en el artículo 185- "A" del Código Civil.-