Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismos no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbres y no alteran el orden público, y constatadas como han sido las facultades de los actuantes en la presente causa, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO JUDICIAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologada y consumada la Transacción celebrada entre las partes, dándole el carácter de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales incoaren los ciudadanos ISRAEL FERNANDEZ AMAYA, ELENA MOLERO DE PADRON, CARLOS ORDOÑEZ MOLERO, JAVIER SOSA PACHECO, Y ANTONIO JOSE VALBUENA LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.278.218, V-4.516.544, V-14.863.529, V-10.163.926 y V-8.046.234, e inscrit.....