PRIMERO: CON LUGAR la medida de protección de COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, a favor de los hermanos, IDENTIDAD OMITIDA CONFORME AL ART. 65 DE LA LOPNNA, IDENTIDAD OMITIDA CONFORME AL ART. 65 DE LA LOPNNA GONZALEZ LATAN, la cual será ejecutada en la Entidad de Atención "Aldea Infantil SOS, ubicada en la Urbanización Villas el Carmen entre calle 5 y 7, sector el Macaro Turmero, Estado Aragua, quedando autorizada la directora de la entidad, a garantizar todos los derechos inherentes a la salud, cuidado, desarrollo, protección y educación integral, por cuanto se le otorga la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA de los niños mencionados, conforme a lo establecido en el artículo 396 de la LOPNNA. En consecuencia se ordena el EGRESO DEFINITIVO E INMEDIATO de los mencionados niños de la Entidad de Atención "Casa de Abrigo Doña Lilia de Tovar". Expídase constancia.
SEGUNDO: Se ordena se realice el seguimiento cada tres (3) meses a la presente Colocación en Entidad de Atención, de conformidad a lo .....