este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La NULIDAD de la sentencia Nº 21-2008, dictada el día 09 de julio de 2008, por el JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: CON LUGAR, la acción que por desalojo y cobro de cánones de arrendamiento incoara la ciudadana CARMEN TERESA PRADO LABARCA en contra de la ciudadana RAQUEL DE LAS MERCEDES BARBOZA, identificadas anteriormente. En consecuencia,
TERCERO: Se ordena a la ciudadana RAQUEL DE LAS MERCEDES BARBOZA entregar el inmueble previamente descrito en autos, libre de personas y bienes a la ciudadana CARMEN TERESA PRADO LABARCA.
CUARTO: Se ordena a la ciudadana RAQUEL DE LAS MERCEDES BARBOZA pagar los cánones de arrendamiento correspondient.....