Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Ø CON LUGAR la demanda de Rectificación de Acta de Defunción formulado por los ciudadanos VAIMBERG JOSE DUARTE RAMIREZ, JACQUELINA AUXILIADORA DUARTE RAMIREZ y ALEXANDRA ESTHER DUARTE GAMEZ, ya identificados.-
Ø Que el jefe Civil de la Parroquia Libertador del Municipio Baralt del Estado Zulia, por ministerio de ésta decisión corrija el ACTA DE DEFUNCION del de-cujus JOSE LUIS DUARTE CASTELLANOS, signada con el No. 15 asentada en fecha ocho de Junio del año 1997, en el sentido siguiente: , en donde aparece "...VAIBERTH..." debe de leerse: "...VAIMBERG..."; en donde aparece "...YAKELINE..." debe de leerse: "...JACQUELINA..."; y en donde aparece "...ALEXANDRA DUARTE ALMARZA..." debe de leerse: "...AL.....