Admite a Trámite el presente Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por los Abogados en ejercicio LEANDRO MORA ORDOÑEZ y CARLOS LEON PEÑALOSA, con el carácter de Defensores Privados del adolescente MIGUEL ACOSTA NIVAR, en contra de la sentencia No. 45-06 dictada en fecha 19 de Julio del año dos mil seis, por el Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal en la Causa No. 1C-1831-06, de conformidad con lo establecido del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija la audiencia oral y reservada, la cual se llevará a cabo en la quinta audiencia computada, a partir de la presente admisibilidad, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.). TERCERO: Admite cuanto ha lugar en derecho las pruebas promovidas por la Defensa en su escrito.- En tal sentido, se ordena oficiar a la Fiscalía Trigésima Primera con competencia en .....