este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, NIEGA la entrega del vehículo Marca Mack, Clase Camión, Modelo R609PV, Año 1980, Color Rojo, Serial de Motor T676952443, Serial de Carrocería R609PV31449, Placas 76C-ABB, Tipo Caba, Uso Carga , al ciudadano CARLOS ALBERTO GONZALEZ HENRIQUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.884.477, con domicilio en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, actuando en su carácter de Director A de la sociedad Mercantil "GOTRANS, C.A., según consta de Registro Mercantil de fecha 18-02-2004, inscrito ente el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción del Estado Carabobo, bajo el 28, Tomo 12, Todo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 48 y 117 numeral 5, y su último aparte de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, acorde con el Artículo 311 del Código Orgánico.....