VI. DECISION
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la Ciudadana Dra. Lieska Boadas de González, en su condición de representante legal como Sindico Procurador Municipal de la Alcaldía del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta contra el auto de fecha 07.10.2002, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE ANULA el auto apelado dictado el 07.10.2002, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, de conformidad con el artículo 208 del Código de Procedimiento Civil y se repone la causa al estado que el Juzgado referido cumpla con la obligación de notifi.....