Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIP< JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción presentada mediante escrito de fecha diecisiete (17) de julio del 2023 , suscrito por el abogado en ejercicio LUIS HERNAN FERNANDEZ FINOL. Actuando en representación judicial de la ciudadana GLEIMARY ROMERO URDANETA, parte actora en la presente causa y por el ciudadano LEONCIO JAVIER ARAUJO OJEDA, parte demandada, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ROBERT JOSE VIERA MOLERO, todos plenamente identificados en la parte narrativa del presente fallo.
SEGUNDO: CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, en la causa que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, intentado la ciudadana GLEIMARY ROMERO URDENETA, en contra del ciudadano LEONCIO JAVIER ARAUJO OJEDA, todos plenament.....