PRIMRO: Se decreta medida de Embargo Provisional sobre:
a) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo o salario que devenga el demandado ALONSO RAMON HUERTA como trabajador que es del Consorcio Mamusa Reminca, ubicada en el Municipio Miranda del Estado Zulia.-
b) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las prestaciones sociales que le corresponde al demandado por sus servicios prestados a la referida empresa.-
c) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de los intereses generados de esas prestaciones que le corresponden al demandado por sus servicios prestados a la referida empresa.-
d) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de la cantidad que posee el demandado en la caja de ahorros que pudiere existir para los empleados de la referida empresa
e) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de la cantidad que tiene constituido el demandado en fideicomiso e intereses del fideicomiso con la referida Institución o dentro de la misma.-
f) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las vacaciones y veinte por ciento de las comisiones, meritocracia.....