Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada recurrente contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en fecha 23 de mayo de 2008.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada, condenándose a la demandada a pagar los conceptos declarados procedentes por el Juzgado A quo.
TERCERO: Se condena en Costas a la parte demandada por resultar vencida.
CUARTO: Se CONFIRMA la Sentencia apelada.