PRIMERO: SE HOMOLOGA la Transacción celebrada entre la ciudadana: MILAGROS DEL VALLE URIBE y la Entidad de Trabajo Sociedad Mercantil "MULTITIENDA OFFIC MAX C.A,"
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de COSA JUZGADA.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo todo conformidad con lo establecido en el numeral 03 del articulo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Cabimas, Veintiuno (21) días de Junio de dos mil veintidós (2022). Siendo las 10:00 de la mañana Año: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.