Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio en atención al criterio jurisprudencial No.1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurado por el ciudadano OSWALDO RAFAEL MAGO LIENDO, titular de la cedula de identidad No. V- 3.812.386, asistido por la abogada BIELANYELIS PARRA, inscrita en el inpreabogado No. 264.351, en contra de la ciudadana YASMIN DANELY ROLDAN VILLALOBOS, titular de la cedula de identidad No. V-4.535.531, todos de domiciliados en el municipio San Francisco del estado Zulia,- En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EN DIVORCIO, el vinculo matrimonial que contrajeron los precitados ciudadanos por ante la primera autoridad civil de la .....