III.- Por los fundamentos antes expuestos:
Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos VICTOR JOSE MORALES y VILMA ROSA DE AVILA DE MORALES, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 04 DE OCTUBRE DE 1974, por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente del Municipio San Francisco, del Estado Zulia, Acta No.430.-.
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que no procrearon hijos y durante la unión matrimonial no obtuvieron bienes que pertenezcan a la comunidad conyugal.