D E C I S I Ó N
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de demanda por Obligación de Manutención, instaurada por la ciudadana YENNY MARGOT BRACHO SEMPRÚN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-11.389.161 y de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio ÁNGEL RAMIRO PETIT VELÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 42.583, instauró solicitud de demanda y de medida por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor de sus hijos GEFRY JOSÉ BRACHO BRACHO y FRELLY JOSÉ BRACHO BRACHO, contra el ciudadano FREDDY JOSÉ BRACHO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-V-6.831.289 y de este domicilio, indicándoles que podrán intentar nuevamente la misma sin que hayan transcurrido los noventa (90) días .....