Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de conversión de Separación de Cuerpos y de Bienes, en Divorcio solicitada por los ciudadanos PABLO ALEJANDRO ÑAÑEZ BUSTOS y MARIA GABRIELA GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad N° 11.949.961 y 14.279.604, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en fecha treinta (30) de junio de dos mil cinco (2005), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio signada con el N° 93, expedida por la mencionada autoridad.
c) N.....