III
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: se declara IMPROCEDENTE medida innominada de VEEDOR JUDICIAL, solicitada por el ciudadano OTTO ENRIQUE MORAN BLANCO, en el juicio que por DISOLUCIÓN DE CONTRATO sigue en contra de la ciudadana GRELU ALEJANDRA CASTELANO TROCONIZ, todos identificados en la parte narrativa del presente fallo.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil, y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del.....