DISPOSITIVO:
Por las consideraciones antes expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR LA RECUSACIÓN PLANTEADA POR EL PROFESIONAL DEL DERECHO JAVIER MANSTRETTA CARDOZO, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada en el juicio principal, en contra del ciudadano FEDERICO RODRIGUEZ PETIT, quien ejercer la rectoría del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2) DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, se le impone al abogado JAVIER MANSTRETTA CARDOZO, una multa equivalente a diez (10) Unidades Tributarias, lo que equivale a la cantidad de Mil Quinientos Bolív.....