Que del estudio y análisis de las declaraciones de los mencionados testigos, las cuales se aprecian y se les da valor probatorio, establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, se desprende y está demostrado el derecho que la solicitante alega; en consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las anteriores actuaciones Título Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus GABINO ANTONIO RODRIGUEZ PATIÑO, a los Ciudadanos GABINO ANTONIO RODRIGUEZ MORAO, FRANCISCO JOSÉ RODRIGUEZ MORAO, ANIBAL RAFAEL RODRIGUEZ MORAO, EDECIO JOSÉ RODRIGUEZ MORAO, MIRIAM MARIA RODRIGUEZ MORAO, JUAN RAMON RODRIGUEZ MORAO y FRANCYS PIA RODRIGUEZ MORAO, venezolanos, mayores de eda.....