esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, formulada por los ciudadanos JOSE JESUS RAMIREZ MARTINEZ y MILOANNY JOSE RODRIGUEZ GONZALEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.665.155 y V-13.773.188 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 19/02/1999 ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Valentín Valiente, Municipio Autónomo Sucre, del estado Sucre. ASI SE DECIDE.