Por las razones expuestas, en el recurso contencioso tributario seguido por la ASOCIACIÓN COOPERATIVA MARACAIBO TRANSPORTE, bajo el Expediente Nro. 1431-12; este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente recurso.