DISPOSITIVA
Por lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado ELIAS NEUTILIO ALVAREZ VIAÑA, venezolano, natural de Maracaibo de 27 años de edad, nacido el 21/01/86, natural de Maracaibo – Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-18.663.655, hijo de Alma Viaña y Neutilio Alvarez, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinido, domiciliado en la Avenida 2 El Milagro calle 76 casa Nº 72-72 entrando por el Muelle de Pequiven Municipio Maracaibo Estado Zulia, Teléfono: 0261-7912305, a cumplir la PENA DEFINITIVA DE SIETE AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, establecidas en los Artículos 16 y 34 del Código Penal, por la comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el Art. 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión come.....