Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA A LA LIBERTAD, de la establecida en el numeral 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, con presentaciones cada 15 días y por haber sido previamente notificado para comparecer a los actos fijados en este Tribunal y no justificar sus inasistencias; y en consecuencia, ORDENA LA APREHENSIÓN del acusado MAEL GUSTAVO BRACHO PEREZ, de nacionalidad venezolano, natural de Ciudada Ojeda, fecha Nacimiento: 10-10-1983, de 19 años de edad, concubino, de oficio pescador, titular de la Cédula de Identidad Número V- 17.150.803, hijo de Gustavo Bracho y Elida Pérez, domiciliado en Barrio la Victoria Avenida 4 con callejón Produzca casa sin número entrando por el callejón del K.....