este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara formalmente embargado ejecutivamente el inmueble antes identificado, hasta cubrir el monto de su avalúo.
Haciendose la aclaratoria y asi se hizo constar por auto de esta misma fecha que el Embargo Ejecutivo practicado, es por la cantidad de Diecinueve mil ciento treinta y dos bolivares con cincuenta y cuatro (Bs.19.132,54) que es el doble de la suma adeudada y no por Cien mil Bolivares (Bs.100.000,oo) como se indico en dicha acta.-