DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por la ciudadana MARBERIS JOSEFINA BRIÑEZ ZAMBRANO, contra de la sociedades mercantil UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO JUAN PABLO I, S.R.L, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
SEGUNDO: Se ordena a la sociedades mercantil UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO JUAN PABLO I, S.R.L cancelar la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs.853,47) pagar a la ciudadana MARBERIS JOSEFINA BRIÑEZ ZAMBRANO por concepto de diferencia de prestaciones sociales y otros.....