Por las razones expuestas y por los dispositivos legales enunciados, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO y da por consumado el acto, y se ordena proceder como Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada en el presente procedimiento por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por el Ciudadano HÉCTOR ANTONIO VARELA MOLERO, contra el Ciudadano MERLÍN JOSÉ CHIRINO ANTEQUERA.
Cumplidas como hayan sido las formalidades se ordena el archivo del presente expediente y ordena devolver a la parte actora los originales del Poder y del Contrato de Arrendamiento.