Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder al Penado ARNULFO JOSÉ MONTES BLANCO, colombiano, natural de San Bernardo El Viento, Córdova Colombiano, de 33 años de edad, fecha de nacimiento: 20/04/69, titular de la cédula de identidad No E- 10.940.231, de profesión u oficio Obrero, hijo de Marino Montes y de Concepción Blanco, soltero, residenciado en Barrio Jesús de Nazaret, Calle 39 Casa No 99C-06 cerca del Relleno Sanitario Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Autónomo Maracaibo Estado Zulia, LA MEDIDA ALTERNATIVA DE CONMUTACIÓN DE LA PENA EN CONFINAMIENTO. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Artículo 53 del Código Penal. Asimismo, se le impone que deberá residir en la dirección que señaló al Tribunal y presentarse por el lapso de NUEVE (09) MESES Y SIETE (07) DIAS. Que cumplirá an.....