Con fundamento a los hechos y al derecho, relacionados y motivados precedentemente, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA: Reconocido el Documento Privado presentado por los ciudadanos Manuel Nicasio Rosas Sánchez y Julieta Constanza Rhenals Galeano, titulares de las cédulas de identidad números V-4.050.198 y V-24.108.330, respectivamente, en contra del ciudadano Firas Maklad Abu Hadir, titular de la cédula de identidad N° V-16.335.652, de conformidad con el artículo 1364 del Código Civil en concordancia con los artículos 444 y 631 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, diarícese, agréguese al expediente y archívese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción.....