IV.- DISPOSITIVA:
En fuerza de las consideraciones antes expuestas, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de la rectificación de Acta de Defunción de la de cujus EUDYS DEL CARMEN CASTRO RODRIGUEZ, quien fuese venezolana, mayor de edad, de estado civil casada y titular de la cédula de Identidad Nro V-7.223.244, cuya partida se encuentra, asentada en el Registro Civil del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, correspondiente año 2005, asentada bajo el Nro 594.
SEGUNDO: Se ordena corregir la referida Acta de Defunción de la siguiente manera: "Que donde aparezca el nombre de la ciudadana EUDYS DEL VALLE CASTRO RODRIGUEZ, de cujus, quien es madre del.....