Por todo lo antes expuesto, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, para garantizar el disfrute pleno y efectivo del derecho a un nivel de vida adecuado a favor de la niña de actas, declara procedente la Medida Preventiva de Embargo sobre un VEINTE POR CIENTO (20%) del concepto PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES, que en caso de despido, retiro voluntario, jubilación o muerte, le pudieren corresponder al demandado ciudadano ANGULO GUILLEN CARLOS LUIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17007063, como trabajador de la empresa PDVSA. Así se establece.
PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta:
A. .....