Por lo fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, formulada por los ciudadanos NELSON ANTONIO FUENMAYOR VILLALOBOS y CARMELINA RAMOS OROZCO, plenamente identificados en las actas. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído el día Veintinueve (29) de Diciembre de Mil Novecientos Noventa y Nueve (1999), por ante La Intendencia de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta en el acta de matrimonio No. 473, que corre inserto en las actas, en el folio un (1).
ASI SE DECLARA.