Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: La PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION en la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano JOSE ABDON ZAMBRANO MARQUEZ contra la sociedad mercantil COSTA NORTE CONSTRUCCIONES C.A..
Se condena en costas a la parte demandante.