III
DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO interpuesta por la ciudadana IVELISE JEANETTE BERNARDI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.592.452, número de teléfono 0424-6372689, domiciliada en el municipio Machiques de Perijá, del estado Zulia; en consecuencia, se ordena rectificar el Acta de Matrimonio insertada por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Libertad, Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, con fecha (02) DE MAYO DE AÑO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS (1956), ANOTADO BAJO EL NO.19 DEL AÑO 1956, de los libros de Registro Civil y del duplicado llevado por ante el Registro Civil Principal del Estado.....