DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se legitima la aprehensión del imputado IDENTIDAD OMITIDA, por cuanto la misma se produjo de manera flagrante en la presunta comisión ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON y ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 456 ultimo aparte y 376 del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana VALENTINA DEL VALLE MARTINEZ, SE CALIFICA LA FLAGRANCIA Y SE ORDENA SE SIGA EL PROCESO POR LAS REGLAS DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se decreta la medida cautelar al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DETENCIÓN PARA LA Identificación prevista en el artículo 5.....