Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoada por la ciudadana LILIANA RODRÍGUEZ DE URDANETA en contra de la ciudadana IRIS COROMOTO ANDARA SALAS, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales; en consecuencia:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes, ante la Notaría Pública de San Francisco, el día siete (07) de febrero de dos mil tres (2003), quedando anotado bajo el N° 69, tomo 8, en los libros de autenticaciones llevados por la mencionada notaría.
SEGUNDO: Se condena a la demandada IRIS COROMOTO ANDARA SALAS, a pagar la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (.....