Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, presentada ante este Juzgado por los ciudadanos ciudadanos NELICSO ANTONIO SANCHEZ CHOURIO y ARELIS DEL SOCORRO BORREGO VILLASMIL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-7.800,690 y V-7.775.284, respectivamente, domiciliados en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, , contraídos el día veintiocho (28) de octubre de 1984, ante el Registro Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia, como se evidencia en el acta de matrimonio No.785, agregada a la presente solicitud y emanada de dicha autoridad, a quien SE ACUERD.....