De manera que se evidencia, que el funcionario recusado no efectúa el manejo de personal, ni realiza funciones que impliquen un alto grado de confidencialidad y responsabilidad, ni que involucren el ejercicio de funciones de fiscalización e inspección; en consecuencia, al no estar dados los supuestos para considerar que el cargo de Asistente de Tribuna (Grado 6) sea de confianza conforme a la norma anteriormente descrita, contra el mismo no es posible proponer recusación alguna; resultando forzoso para este Juzgado declarar IMPROPONIBLE la recusación planteada. Así se declara.-
Visto el anterior pronunciamiento, resulta inoficioso entrar a conocer cualquier otra denuncia formulada por las partes.-