Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SEDE MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1) CON LUGAR el recurso de hecho propuesto por la representación judicial del ciudadano JUAN CARLOS REY PEREIRAS, contra el auto de fecha 29 de enero de 2019 dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, mediante el cual negó recurso de apelación interpuesto contra el auto de fecha 10 de enero de 2019, en solicitud de divorcio no contencioso, propuesto por el recurrente contra la ciudadana MARTA EMILIA MONTIEL GARCÍA. 2) REVOCA el auto de fecha 29 de enero de 2019, y ORDENA al antes identificado Tribunal.....