PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por la parte demandante recurrente en contra de la decisión de fecha doce (12) de enero de dos mil dieciocho (2018), dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: SE CONFIRMA el acta de audiencia apelada. TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.-