En este estado, este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE.- A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO O SALARIO INTEGRAL que devenga el demandado ENZOR ENRIQUE MARIN MELENDEZ, ya identificado, como trabajador al servicio de la empresa P.D.V.S.A, PETROLEO S.A de conformidad con los artículos 137 y 139 del Código Civil, en concordancia con los artículos 748 y 749 del Código de Procedimiento Civil, igualmente se decreto medida de embargo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) DE BONO VACACIONAL, UTILIDADES Y LIQUIDAS DEL PRESENTE AÑO 2.014 que devenga el demandado antes identificado como trabajador al servicio de la empresa P.D.V.S.A, PETROLEO S.A, las cantidades de dinero embarg.....