DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO formulada por el ciudadano Wilmer Enrique Morales, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.757.887.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanosWilmer Enrique Morales y Lucinda Del Carmen Mapari, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 9.757.887 y 12.212.808 respectivamente, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Concepción del Municipio Jesús Enrique Lossada del estado Zulia, tal y como se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio signada con el Nº 345 acompañada a las actas en copia certificada.