Dado el reingreso de la presente causa y vista la sentencia de fecha 20/08/2021, (Folios 229 al 234), dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, y por cuanto se observa que la misma quedó definitivamente firme, en consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines legales consiguiente. Líbrese oficio.